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Aproveche la pandemia para poner la casa en orden

Hablamos con el abogado de entretenimiento Santiago Sanmiguel, quien nos contó el abecé del recaudo, con algunos consejos extra.
Santiago Sanmiguel
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“Es mejor estar en Sayco que no estar, para que no se pierda esa platica”. Santiago Sanmiguel

 

A raíz de nuestra entrevista con Juan Peña de CD Baby, nos quedamos con la duda de cuál es la mejor manera para tener el tema de regalías en orden. Por eso llamamos a Santiago Sanmiguel, abogado de entretenimiento, para que nos contara sobre el abecé del recaudo de regalías, y lo que las bandas deben tener en cuenta, además, pa’ no pelear por plata.

Santiago, ¿qué se debe tener en cuenta en el tema de las regalías?

Lo primero que hay que tener en cuenta es que es un sanduche de tres capas: composición, grabación e interpretación. El debate público siempre se ha sentado en la composición y en la idea del plagio/creación. Pero la cosa es que por cada elemento puede haber un dueño diferente, y entonces un recaudador para cada uno de esos elementos. De tal manera que un proyecto puede tener varios lugares de recaudo, por ejemplo, puede vender discos, sonar en radio y en internet a través de una agregadora (todo esto aparte de los ingresos por entradas, sponsors y merchandising). Ojalá existiera una ventanilla única en donde uno recaudara todo. Pero eso no existe. Entonces el único responsable es el músico. La cosa está separada porque este modelo estaba ligado a como funcionaba todo antes de internet y a los formatos de reproducción previos a lo digital en la reproducción pública. Entonces la disquera ganaba por el fonograma, y había una entidad que recaudaba lo del fonograma; el compositor por los derechos de la composición y para eso otra entidad. Lo importante es tener claro que esos recaudos vienen por lugares y por usos distintos.

Bueno, y ¿cuáles son esos lugares? ¿cómo se hacen esos recaudos?

Pues el recaudo se puede hacer en dos pasos:

Primero. Registrar cada composición y cada fonograma en la Dirección Nacional de Derecho de autor (puede ser por sencillos o el álbum completo). En esto hay que ser muy honesto. Es un delito registrar a nombre de uno lo que es de varios. Aquí no hay un peso, pero lo piden en los otros lados y es para curarse en salud, que conste que la obra es de uno y en qué fecha se realizó.

Segundo. Registrarse en cinco lugares, uno para cada cosa:

  1. Sociedad de gestión para las composiciones (en Colombia está Sayco).

  2. Sociedad para la gestión de fonogramas e interpretaciones (en Colombia está ACINPRO).

  3. Derechos digitales de fonogramas e interpretaciones a nivel internacional (Sound Exchange).

  4. Administración editorial, que se encarga de los derechos de reproducción fonomecánica y digital de las composiciones (esto se hace mediante una editora que esté afiliada a ACODEM, o un administrador editorial).

  5. Agregador, que cobra derechos de reproducción del fonograma (una opción es CD Baby)

¿Y los líos con Sayco, no es mejor mantenerse al margen de eso?

Es mejor estar que no estar, para que no se pierda esa platica. Es una lástima, pero por el momento es la misma historia con las sociedades de gestión en todo el mundo. 

¿Qué otros consejos tiene para los proyectos musicales que quieren poner al día la casa?

Varios. No confundir al productor musical y al productor fonográfico, cumplen papeles distintos y recaudan de maneras distintas. Hay que hacer un ejercicio concienzudo de decir “¿Quién es el dueño del catálogo?” y hacer el mapeo. Tampoco hay que decirse mentiras, es importante recordar que decir que una obra es de uno cuando en realidad es de varios, es un delito. 

Hay que saber quién es el dueño de la grabación, y en ese caso el standard suele ser que el dueño sea quien puso los recursos, quien pagó. Antes los sellos eran los dueños de la grabación, pero hoy en día el artista tiene la posibilidad de ser el dueño del fonograma. Lo importante son los acuerdos internos del grupo. Respetar eso.

También es importante diferenciar que una cosa es la composición y otra la interpretación. En cuanto a interpretación no debería haber discusión. Pero sí vale la pena tener en cuenta que el hecho de que te paguen no quiere decir que haya una cesión de derechos, esta ocurre mediante un documento escrito que la hace efectiva. Por eso hay que saber en qué grabaciones aparece uno como ejecutante y tener eso claro también. 

Es mejor dejar todo claro y por escrito desde un inicio. Porque una banda no solo es dueña de las composiciones y de los fonogramas. Los grupos que se separan pelean por las fotos, los videos y hasta por el control de las redes sociales y las bases de datos. Todo eso es un capital que tiene la banda. Determinar quién es el dueño del nombre, de la marca, en fin, hay que decidir sobre estos activos de la banda en conjunto. Es mejor desde un inicio hacer las “capitulaciones musicales”.

Y también ayuda saber quién es el representante, el manager, quién se encarga del booking, de lo técnico, para reconocer ese trabajo. Definir los roles, en especial si no es una persona externa a la banda, si es uno de los músicos, porque son trabajos adicionales. Y definir cómo se toman las decisiones y quién toma las decisiones respecto a qué.

Finalmente, es importante recaudar las regalías, vale la pena organizarse en ese tema, pero no sobra manejar las expectativas, saber que el dinero se recauda en tanto la música suena, cuando la usan, no cuando se registra.

 

Puede encontrar a Santiago Sanmiguel en su podcast Dr. Rocks, el curso online Kit de supervivencia para la industria musical o el blog Derecho Rocks.

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